
De acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 2460 de 2015, todas las entidades territoriales deben diseñar un Plan de Acción Territorial (PAT) como instrumento de planeación que contempla los componentes de atención, asistencia, reparación integral, prevención y protección para las víctimas del conflicto armado. En consecuencia, la ciudad de Bogotá cuenta con el Plan de Acción Distrital (en adelante PAD),como herramienta de política pública que recoge la oferta de las entidades del Sistema Distrital de Asistencia, Atención y Reparación Integral a Víctimas del Conflicto Armado residentes en Bogotá (SDARIV) y establece los lineamientos para su implementación y seguimiento.
¿Quiénes son las victimas que contempla la ley 1448 de 2011?
“Se consideran víctimas, para los efectos de esta ley, aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno”. Artículo 3 de la Ley 1148 de 2011.
La Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación es la entidad encargada de “Asesorar al/la Alcalde/s Mayor en la implementación de la Política Pública Nacional de Atención, Asistencia y Reparación a Víctimas del Conflicto Armado y así como en la formulación de la política pública distrital de víctimas, memoria, paz y reconciliación, y coordinar su ejecución a través de las Direcciones de la dependencia, propendiendo por la igualdad y garantizando el enfoque de derechos” Artículo 7º del Decreto 140 de 2021.
Fortalecimiento
En el marco del Plan de Acción Distrital de Víctimas (PAD Víctimas), la Subdirección de Fortalecimiento de la Organización Social, cuenta con dos productos, uno enfocado en la vinculación en cualquier etapa de la Ruta de Fortalecimiento de organizaciones víctimas durante el cuatrienio y un segundo producto orientado a realizar acciones anuales que promuevan la cultura de paz en espacios o escenarios de participación de víctimas del conflicto armado.
Contacto:
subdireccionfortalecimiento@participacionbogota.gov.co
Instancias de Participación
Se cuenta con delegación de la Subdirección de Fortalecimiento, en el Consejo Distrital de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflicto y el Comité Distrital de Justicia Transicional para Bogotá, D.C.
